¿Qué hacer si te diste de baja de un servicio e igual intentan cobrártelo?

Existe lo que se llama la Ley de Defensa del Consumidor que protege a los usuarios y consumidores de servicios y productos

Esta es la ley 24.240. Además, cuenta con un sistema personalizado de atención a los consumidores que es la Dirección Nacional de Defensa al Consumidor ubicado en avenida Presidente Julio A. Roca  651 (Ciudad de Buenos Aires)


Fotografía: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sitio web.

• Darte de baja de un servicio

Puedes darte de baja de un servicio invocando la misma manera que hiciste para contratarlo. Artículo 10 ter. Ley 24.240.

• Cobros por anticipado al darte de baja de un servicio

No podrán cobrarte factura por anticipado al darte de baja de un servicio. Nadie está obligado a pagar por un servicio no prestado. Artículo 10 ter. Ley 24.240. 

• La obligación de la empresa

Al solicitar la baja de un servicio a una empresa, ésta no podrá exigirte una registración previa u otro proceso burocrático. Además deberá registrar tu baja y notificarte el código de baja del servicio en el plazo de 24 horas tras haber solicitado el la baja.

3/Comentarios

  1. Muchas gracias por la info. Justo había visto el tema en Twitter y lo busque. Gracias

    ResponderBorrar
  2. Se hacen los giles cusndi te queres dar de baja.

    ResponderBorrar
  3. Es hora de que las empresas dejen de lucrar con los datos de uno. Manga de sin verguenzas

    ResponderBorrar

Publicar un comentario

Artículo Anterior Artículo Siguiente

COLABORAR CON EL BLOG
Si te sirvió la info de este posteo - o de varios - y querés colaborar con mi trabajo,
podes "invitarme un cafecito" por muy poquita plata a través de Mercado Pago

Invitame un café en cafecito.app

¡Muchas gracias!