Abogacía: Medidas, Obligaciones y elementos de la Prácticas Profesional (Parte 1)

El titulo de un documento, como toda nota o carta, es necesario de estar dirigido a alguien: como por ejemplo que mencione la misma "señor fiscal" o "señor juez"

Abogacía: Medidas, Obligaciones Prácticas de la profesión

Si es la Cámara Nocional de Apelaciones es "Excelentísima Cámara Nacional de Apelaciones". "Vuestra señoría" es cuando nos dirigimos a los grados inferiores. "Vuestra Excelencia" cuando nos dirigimos a los jueces de los grados superiores.

Los abogados, cuando intervienen en un proceso, tienen una forma particular de hacerlo. Estos pueden intervenir como:
• Apoderado o patrocinante
• O también por derecho propio: por ejemplo, proceso de honorarios o proceso judicial en el que se le impute.

En el documento de la demanda, el letrado tiene que declarar el patrocinio, consignar el nombre, DNI y domicilio real y los datos del letrado.

Una persona física se puede presentar por derecho propio en un expediente, patrocinado por un letrado de la matrícula de la jurisdicción. Si un abogado es letrado en CABA, no puede presentarse en provincia de Bs. As., salvo que sea en el ámbito Federal. Por ejemplo, en un juzgado penal federal, puede presentarse un abogado con matricula de CABA, pero no en provincia de Buenos Aires.

La representación legal del letrado puede ser por medio de mandato o representación. El poder es un mandato. El abogado es mandatario y debe rendir cuentas de lo que se hace a través del mandato. 

• Otros casos de representación: cuando el padre o tutor representa al menor. Este se presenta en carácter de representante legal de un hijo menor, y no hace falta que el hijo menor le firme un documento de representación por que la ley dice que los representantes de los menores son los padres.
• En el caso de las empresas, es el gerente o dirigente. Puede ser uno o varios. En una asociación civil puede ser presiente, secretario y tesorero: estos tres ejercen la representación.
Los apoderados tienen que ser abogados.

La Personería

Por derecho propio inscripto al folio Nº xxx del Colegio Público de Abogados, en carácter de persona física, conforme a la personería que acreditaré (Por que se tiene que acreditar la invocada).
• Hay que denunciar el domicilio procesal o domicilio electrónico, que es el CUIT en CABA. También acompañar el correo electrónico y teléfono de contacto (por si el letrado de la contraria necesita comunicarme).
Dónde me presento. Los autos. Acá va el número de expediente. Primero va el apellido y luego el nombre, siempre.
• "Vuestra señoría. respetuosamente me presento y digo" se menciona.

• "Conforme surge de la copia del poder que acompaño y que bajo juramento declaro que se encuentra vigente y es copia fiel de su original, soy apoderado de Juan Pepito, con domicilio real el la calle Calle Original 5B". Toda persona que se presenta en un proceso, tiene que declarar un domicilio real y DNI. Por que hay notificaciones que necesariamente van a ir al domicilio real del defendido, como la notificación de absolución de posiciones, y la cual necesariamente tiene que ir en formato papel.

• Los abogados deben realizar un poder general judicial. Se reserva el original y acompaña copia. Y declaro que es copia fiel y original

El Objeto

Luego de contestar la demanda, negar en general y negar en particular. Negar contenido y firma de la documentación.

Petitorio

Es un resumen de lo que se desarrolló en el escrito. Si el letrado se presentó, por lo expuesto solicito que se me tenga presentado, acreditado el domicilio, se tenga por contestada la demanda, se tenga y se tenga todo lo que diga arriba del documento. Y finalizar con "Proveer de conformidad y SERÁ JUSTICIA".

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